En caso de mora de un accionista en la ejecución de los pagos debidos a la sociedad en concepto de aportación para la deuda de suscripción del aumento de capital social aprobado por la junta de accionistas durante la vida de la sociedad, no se puede excluir a dicho accionista, ya que es titular de la participación desde la constitución de la sociedad; por lo tanto, sin perjuicio de que el accionista permanezca en la sociedad por la acción ya poseída, la junta de accionistas debe aprobar la reducción del capital social sólo por el importe correspondiente a la deuda de suscripción resultante del aumento no ejecutado, salvo en el caso de que los estatutos prevean la indivisibilidad de la participación. Según lo dispuesto en el artículo 2466 del Código Civil italiano, el accionista moroso de una sociedad de responsabilidad limitada no puede expresar su voto en las decisiones y resoluciones de la junta de accionistas, pero no pierde el derecho a controlar los asuntos de la sociedad, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 2476 del Código Civil italiano, mientras permanezca en la estructura de la sociedad como resultado de los procedimientos emprendidos por los directores.

El accionista moroso con respecto al aumento de capital no puede ser excluido

Passador, Maria Lucia
2020

Abstract

En caso de mora de un accionista en la ejecución de los pagos debidos a la sociedad en concepto de aportación para la deuda de suscripción del aumento de capital social aprobado por la junta de accionistas durante la vida de la sociedad, no se puede excluir a dicho accionista, ya que es titular de la participación desde la constitución de la sociedad; por lo tanto, sin perjuicio de que el accionista permanezca en la sociedad por la acción ya poseída, la junta de accionistas debe aprobar la reducción del capital social sólo por el importe correspondiente a la deuda de suscripción resultante del aumento no ejecutado, salvo en el caso de que los estatutos prevean la indivisibilidad de la participación. Según lo dispuesto en el artículo 2466 del Código Civil italiano, el accionista moroso de una sociedad de responsabilidad limitada no puede expresar su voto en las decisiones y resoluciones de la junta de accionistas, pero no pierde el derecho a controlar los asuntos de la sociedad, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 2476 del Código Civil italiano, mientras permanezca en la estructura de la sociedad como resultado de los procedimientos emprendidos por los directores.
2020
Passador, Maria Lucia
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